lunes, 26 de agosto de 2024

La heredad de Moriana

El libro de títulos del monasterio de la Luz recoge el intercambio en 1551 con Alonso Pérez Cumbrera, vecino de Rociana, de la heredad de Moriana, lindante con el arroyo del mismo nombre, previa autorización del capítulo General de la Orden. La otorgante entrega una huerta, frutales y un molino de pan a cambio de 18 fanegas de tierra de pan en Villarrasa en “Val de el Fraile” y 100 ducados (67500 maravedíes, según el libro, que está equivocado puesto que son 37.400 maravedíes). El antiguo dueño entrega, además de diversas escrituras de la tierra, la carta original de donación de la misma a Juan Sánchez Coronel, vecino del mismo pueblo, otorgada por la villa de Niebla en 1473 de la algaida que Casco de Juan Gil para hacer una Huerta, confirmada en mismo año por el Duque Don Enrique en noviembre del mismo año.

Imagen del libro de títulos

La escritura es interesante por dos cuestiones que no son para nada baladíes.  En primer lugar, porque puede constituir uno de los primeros ejemplos documentados del privilegio de Alfonso XI, la facultad según la cual, la villa de Niebla podía otorgar huertas, árboles frutales, casas, molinos, bodegas y “quantos artefactos a ymbentado la industria humana” a cualquiera de sus vecinos, que dada la escasez de documentación medieval en el Archivo Municipal de Niebla representa un testimonio de primer orden. Y, en segundo lugar, el documento representa uno de los primeros ejemplos de la “burla” por parte de los Jerónimos de la Concordia de 1533 según la cual el monasterio no puede “comprar de aquí adelante en tiempo alguno otros bienes algunos que la tierra del sennor duque más de las que oy tiene”, prohibición que se trasgrede mediante los trueques o mediante la adquisición de las tierras por hombres de paja y su posterior trueque.

La heredad, cuya extensión desconocemos, se describe como huerta, casa y viña, con linderos en el camino que va de Almonte a Moguer al norte, y montes baldíos por las otras tres partes. El molino desaparece de las relaciones a finales del siglo XVI, probablemente perdido, dado que no consta su venta, mientras en el siglo XVII se alude a ella como “granja” a tres leguas del convento y creemos que en ella se producía queso, por lo que debió albergar ganado. Un protocolo notarial de 1600 otorgó poder a Fray Luis de San jerónimo, procurador del Monasterio, para su venta, que, sin embargo, no se llevó a cabo.

En 1723 la villa de Niebla autorizó la ampliación de la heredad hasta la Fuente de la Tabernilla para plantar viñas o lo que quisiera, con toda seguridad acuciados por los intentos de los vecinos de Rociana de establecerse allí y plantar viñas. El mismo libro de títulos recoge un mandamiento del Corregidor de la Villa de Niebla a Feliz Martín, vecino de Rociana, para que cese el labrado de un huerto sobre la misma fuente, y un despacho de censura del Dean de la catedral de la Iglesia Patriarcal de la Ciudad de Sevilla contra los vecinos de Rociana que usurpan el término de Moriana, escriturado ante el notario Apostólico un año después. Ambos ejemplos complementan los numerosos testimonios ofrecidos por el Archivo Municipal se Niebla sobre la presión que sobre los bienes baldíos de las arenas de la parte de la mar ejercen los vecinos de Bonares, Lucena y Rociana durante los siglos XVIII y XIX con la viña como principal cultivo.

Aunque la heredad fue otorgada en arrendamiento por dos vidas en al menos una ocasión, hasta el siglo XVIII parece que fue administrada directamente por los frailes que la visitaban regularmente. A partir de 1743 fue otorgada a tributo redimible a los vecinos de Bonares Manuel Martín y Marina Martín, su mujer, por 200 ducados de capital.

 

sábado, 29 de junio de 2024

Se cumplió la voluntad de los fundadores.

 

Recientemente, el 10 de marzo de 2024, publicamos en este blog el seguimiento de la tumba de Diego de Oyón en el monasterio jerónimo de Buenavista (Sevilla) y las vicisitudes de su capilla. La reciente aparición del libro de títulos (así se denomina en el inventario de la exclaustración) que contiene las propiedades y derechos del monasterio en la segunda mitad del siglo XVIII, nos viene a completar la información de que carecíamos.

Capilla Mayor de Parchilena

En el libro de protocolos se recoge en la página 2, “nota del cuerpo de los fundadores”, una manda testamentaria de Diego de Oyón para que “se comprase la capilla de Nuestro Padre San Jerónimo que está en el crucero de la yglesia de dicho monasterio de san Jerónimo de Sevilla en el lado del Evangelio”, como ya sabíamos. La capilla se revendió al dicho monasterio el 9 de diciembre de 1608, tres años después de otorgar el poder al prior ante el escribano público de Lucena, pero no se hizo por los 50 ducados de su coste y del poder, sino por 190 ducados, los 50 de coste, 22 ducados de tributo a Buenavista por la reparación que se hizo a la dicha capilla, y 110 ducados de intereses, “corridos”. Pero Diego de Oyón ya no se encontraba enterrado allí, según nos aclarara el propio documento:

“Nota: en el año de 1502 se cumplió la cláusula del testamento de nuestros fundadores y se trajeron los cuerpos y se pusieron en la yglesia primera que tuvo este monasterio que oi es la torre del trigo. Y en 30 de septiembre de 1530 se trasladaron a la yglesia nueva estos cuerpos y yacen a los lados del altar mayor, como lo ordenaron en dicho testamento”.

La fecha 1530 es importante porque con mucha probabilidad nos está datando el final de las obras de la iglesia conventual y las torres, la del trigo y la de cocina, además de otras que se recogen en documentación expresamente que se iniciaron tras estas obras. ¿Pero qué pasó con María de Cárdenas? La fundadora, que murió después de Oyón, fue enterrada por su expreso deseo en el Convento de la Rábida y puesta, así se manifiesta el documento, en la capilla mayor de Parchilena, de la que constan igualmente los gastos de traslado. La comunidad erigió,

“… dos bustos de alabastro de buena hechura, uno con la forma del dicho fundador, y otro de dicha fundadora, y que en dicha capilla mayor no sea enterrada persona alguna”.

Conocemos la existencia de otras capillas y capellanías por este y otros documentos, que debieron desaparecer en la invasión francesa, cuando el edificio fue volado. La posterior conversión en establo y bodega de la iglesia de tampoco debió contribuir mucho a su conservación si sobrevivieron a la Francesada.

 

viernes, 24 de mayo de 2024

Presentación, jueves 30 de mayo en el Centro Cultural.

 El próximo jueves a las 20.00 horas presentaremos mi nuevo libro El emporio del Carbón de Doñana en el Centro Cultural Juan Ramón Jiménez, sito en la Plaza de Andalucía de Lucena del Puerto. El acto contará con la presencia de D. Álvaro Regidor, Alcalde de la localidad, que ha patrocinado la presente edición, Rafa Pérez, editor y director de la editorial Niebla, y Manuel Mora, autor. El acto estará abierto al público en general y a todo el que lo desee. 



domingo, 5 de mayo de 2024

Ya en Prensa.




Los frágiles arenales y ecosistemas de Doñana sustentaron durante los siglos XVI y XVII una fuerte especialización industrial en la fabricación de carbón, que no ha tenido parangón en otras épocas históricas. Los miles de hombres y mujeres atraídos a Sevilla por el comercio y el espejismo de Indias necesitaban leña y carbón para cocinar, calentarse y fabricar, que se surtía desde estas tierras a través de los puertos de la ría del Tinto. El “todomonte”, un carbón barato y de consumo popular, tuvo escasos competidores en este periodo y se convirtió en un factor de capitalización y prestigio social en la comarca.



Los factores que motivaron este fenómeno y sus rasgos son analizados minuciosamente en el presente libro, que no se olvida de caracterizar la actividad en todas sus facetas, descepado, elaboración de hornos, transporte, vigilancia y ventas, y a sus protagonistas, perfilados en sus rasgos sociales básicos y en los que el autor dice reconocer auténticos emprendedores.

El libro cuenta en esta edición con el patrocinio del Ayuntamiento de Lucena del Puerto, que se reserva una parte de la tirada de ejemplares. Será presentado próximamente en nuestra localidad. 

jueves, 28 de marzo de 2024

El alquiler de la dehesa de Parchilena

 

Las fuentes municipales de Lucena del Puerto aluden insistentemente durante el siglo XVIII a la escasez de tierra y a las elevadas rentas que se pagaban en los alquileres. A los regidores municipales les cabía poca duda sobre la causa que motivaba ambas cuestiones, la desorbitada cantidad de tierra que acumulaban las obras pías y eclesiásticas, una cuestión que corroboran las estadísticas, y a la que se sumaba la enorme cantidad de tierras baldías, 8.550 fanegas, el 66,7 por ciento del término, en ápoca del Catastro de Ensenada.

No obstante, mientras que no existe dudas sobre esta última cuestión, poseemos poca información sobre la primera, por diversas cuestiones: el número de protocolos de alquiler es relativamente bajo y solo afecta a grandes fincas, las pequeñas, recogidas a veces en las deudas de los testamentos, no requerían de contratos, los protocolos son difíciles de cuantificar e incluyen costumbres tradicionales que, por frecuentes y sabidas, solo se citan, y la variada fórmula de contratos, pagos en especie y usos agrarios, hacen difícil la cuantificación y el estudio.

Plano de Manuel Pérez de Guzmán, 
de hacia primer tercio del siglo XX.

Por otro lado, sabemos por el manejo cotidiano de nuestras fuentes, que el volumen de tierra alquilada en Lucena, y en los municipios limítrofes de Bonares o Niebla, era relativamente alto y de estos alquileres vivían un número considerable de pequeños labradores y pegujaleros por lo que su estudio no parece baladí.

El contrato que hemos analizado en esta entrada es de 1634 y resulta interesante por tres cuestiones. Ilustra las dificultades para el estudio de estas tierras, informa sobre la organización de las tierras del monasterio de Parchilena y sirve a la verificación de las dificultades agrarias y la esterilidad de los años 1635-36, hasta el punto de que se revirtió el contrato con la total aprobación del prior de la casa. Estos hechos y la riqueza descriptiva de su articulado nos sitúan ante un contrato excepcional, para nada habitual entre los escuetos protocolos notariales, y menos aún de la época estudiada, el siglo XVII, del que poseemos escasa información de fuentes directas. Vayamos, pues, por partes.

El 18 de agosto de 1634 Sebastián Rodríguez Blanco, Martín Álvarez, Antón Carrasco, Alonso Barrera, Alonso Roldán, Juan de Lepe y Diego Ojuelos, todos ellos labradores, se obligan con el arquero mayor, fray Juan de San Jerónimo, al alquiler de la dehesa de Parchilena por dos años, los de 1635 y 1636, por precio de 250 fanegas de trigo puro medido con la medida de Ávila (55,5 l de capacidad), a pagar por el día de Santiago y Santa Ana. Este es el grueso del contrato, que, sin embargo, se complica en el enunciado y las cláusulas.

La tierra (ver mapa), se encuentra dividida en dos hojas separadas por el pilar. La hoja de arriba, del pilar hasta la casa, está de barbecho en 1635 y no se puede sembrar, y la de abajo, que incluye toda la vega, tiene las excepciones de la parcela de Guerrero y la que está “linde de las tierras de la Misericordia y la isleta que está entre los charcos de los molinos porque están arrendadas, y lo que de presente está sembrado de cañamal al vado de Marisuárez, de una y otra parte de la azéquia que se reserva para dicho convento”. Pero, además, en estas tierras están 118 fanegas de barbecho de “dos hierros”, es decir, de dos años de descanso, y 99 de un hierro, que no entran en el trato, pero les venden a 8 reales cada fanega de un hierro y a 4 la de dos, que montan 1.340 reales que han de pagar en la misma fecha, en un solo pago, con la primera paga del trigo. La cláusula 11 recoge el diezmo, que es del monasterio y “lo han de pagar dexandole en las eras para que el dicho convento lo recoja”.

El resto de las cláusulas del contrato no son menos exigentes. La segunda de ellas establece que los labradores podrán rastrojar, 100 fanegas el primer año, pero habrán de sembrar 50 fanegas de cebada para ellos, y otras 50 para el monasterio, que les dará la simiente y el vallado, pero habrán de labrar ellos. Entre la cebada podrán sembrar este año los cañamales que quisieren, con que no se salgan de la tierra señalada, que ha de caer junto a la acequia de “Vaziatalegas”, de modo que la cebada del monasterio quede en medio de ambos aprovechamientos este primer año. El segundo año harán lo propio en la segunda hoja. La cláusula sexta, asimismo, establece que el convento puede sembrar en los turnos de barbecho de los labradores las semillas que hubiere menester, habas, yeros, alverjones y garbanzos, y dos fanegas de centeno para el bálago (paja de centeno que tiene diversos usos) junto al almendral.

La tercera cláusula incluye que los labradores han de dar 21 carretadas de paja al monasterio, puestas en la era donde se trilla, mientras que la novena los obliga a trillar con las yeguas del convento, pagando el jornal a como estuviere en el lugar de Lucena, con el objeto de que las propias de los labradores no coman la yerba de la dehesa, aunque si algún labrador tiene las suyas las puede usar. La clausula décima impide pastar cerca de las acequias, prados y tierras baldías de la dehesa “porque el arrendamiento es solo para sembrar” y debe guardarse como dehesa cerrada.

Por su parte el convento prestará 25 fanegas de trigo a cada labrador para sembrar (hacen 175) a devolver en la cosecha del primer año, y dará los bueyes para la siembra, al precio que corrieren dichos arrendamientos. Por si no fuera suficiente, para la roza, la siega, el convento tiene dada la suya a destajo a una cuadrilla con la que ha concertado pagar 350 reales en dinero, 1 arroba de aceite, 12 arrobas de vino y 300 libras de pan que se reducen a 3 fanegas de trigo, que todo viene a montar 406 reales, y han de pagar los labradores. La cláusula octava complementa esta última, prohibiendo traer espigadores propios excepto uno por labrador.

El cuidado de la finca se recoge en los apartados quinto y séptimo, obligando a los labradores a estercolar las tierras con los carreros del monasterio del estiércol del “tinadón”, o “mandándolle al carnerero mude la red cada dos días”, y recogiendo expresamente la limpieza de las acequias que en cada una de las dos hojas caen “de manera que el agua no se detenga”. Y si no lo hacen, el monasterio lo pueda ejecutar.

Finalmente, además de incluir los usos “que se acostumbran a guardar en los semejantes arrendamientos”, hipotecan la sementera hasta que el monasterio sea enteramente pagado, y se les arrienda sin esterilidad alguna, sin que puedan alegar “como por mucha agua como por falta della, o venida de ríos, o fuegos del cielo o de la tierra, o por otro qualquiera cosa, aunque sea de los que suçeden de mil en mil años…”.

Los protocolos notariales siguientes recogen los alquileres de bueyes de cuatro de los labradores, por barbecho y sementera, a 9 ducados y por sementera a 5, y la escritura de préstamo de las 25 fanegas para la siembra en el mismo protocolo. En diciembre de 1634, Diego Ojuelos traspasa 20 fanegas de las se barbecho de la parte baja de “Vaziatalegas” para cosechar en 1636 a sus cuñados, porque dice no las puede sembrar todas, a cambio veinte fanegas del alquiler.

Sin embargo, el año se torció. En agosto de 1635, tres de los labradores “ya son difuntos” y los otros cuatro manifiestan que, aunque sembraron la cosecha del Garbín bajo, no cogieron trigo para sembrar “por haber sido estéril”. El contrato, previo reconocimiento de deudas de al menos una de las viudas en julio, es revocado para 1636 por el procurador y el prior del monasterio. En agosto, finalmente, en dos protocolos hacen lo mismos con el resto de los labradores supervivientes y  las tres viudas.

La irregularidad de la cosecha del año ya la advertimos en nuestra tesis doctoral, y aunque no poseemos precios del trigo para este estos años, la libra de pan en la aldea se multiplicó por cuatro y se vendió a 12 maravedíes, y la fanega de trigo alcanzó en 1637 la cifra de 40 reales, el doble de 1635. En febrero de 1636 el tesorero del consejo se apremiará raudo al reconocimiento de la deuda del salario de Nicolás Ruiz, barbero del lugar, en dos pagos de 12 ducados cada uno en las dos semanas siguientes más los 8 reales de costas, lo que no augura nada bueno.

La tercera cuestión, la organización del monasterio es importante por la escasez de información que poseemos al respecto para el siglo XVII. Las tierras se organizan de manera similar a las descripciones que poseemos de la casa de finales del siglo XV y principios del XVI. La vega y sus aledaños, lo que el contrato denomina la dehesa de Parchilena, sigue manteniendo su dedicación principal cerealística alternando el trigo y la cebada en las tierras de peor calidad. Las semillas se siguen sembrando en los años alternos del barbecho, pero también el cáñamo en las zonas bajas de los arroyos, que no nos consta que sembrasen los frailes. En las zonas bajas y exteriores a esta dehesa, al este de la vega, más próximas al pueblo y al puerto, el monasterio poseía numerosas suertes que eran las que se arrendaban a los vecinos y que curiosamente se reservan para sí en esta ocasión, probablemente por las acequias de los molinos, ya arruinados por el aterramiento del Tinto. En la zona próxima al monasterio aparece el almendral donde también se alternan cultivos de semillas, especialmente habas para el ganado. El resto de las tierras no aparecen porque se reservan para los propios frailes e incluyen la dehesa de a medias, el olivar, que ya debía ser importante, y la viña para los que se destinan las tierras inmediatas a la casa y el valle del arroyo de la Laguna del Rayo. Como no puede ser de otra manera, son importantes las referencias al ganado, bueyes y yeguas, y al tinado (tinajón en nuestras fuentes, cobertizo para el ganado), y al estercolado de la finca que demuestran el cuidado que mantuvieron siempre los frailes.

Finalmente, las dificultades para evaluar el contrato resultan obvias, pero que duda cabe que establecen un elevado coste para los arrendadores que confirman para el siglo XVII las afirmaciones de los regidores en el siglo siguiente.

 

domingo, 10 de marzo de 2024

La tumba de Diego de Oyón.

 

Sabemos desde hace años que las tumbas de Diego de Oyón y María de Cárdenas, los fundadores del Monasterio de Santa María de la Luz de Parchilena, se encontraban en el monasterio de san Jerónimo de Buenavista en Sevilla debido a la muerte anterior de Diego y los problemas de la fundación tras el fallecimiento de María. La tumba tal vez pudiera o debiera haberse trasladado a la nueva fundación posteriormente, nada de ello se manifiesta en las últimas voluntades de ambos conyugues, y prácticamente no tenemos noticias hasta 1594 en que un poder para pleitos otorga poder bastante a fray Juan de la Alameda, prior del monasterio, en un pleito que se sigue contra San Jerónimo de Buenavista sobre:

Restos de la iglesia monacal de San Jerónimo de Buenavista.
A la izquierda las dos capillas laterales.

“la capilla que este dicho monasterio de Nuestra señora de la Luz tiene y posee en la iglesia del dicho monesterio de san Hieronímo de Buenavista, que es la capilla que se intitula de san Hierónimo, en la que está enterrado Diego de Oyón, fundador deste dicho monasterio y para en razón de lo susodicho y lo demás contenido en el dicho pleyto y causa…”.

Desconocemos en que consistía este pleito, aunque alguna pista daremos al respecto, pero desde el monasterio de la Luz se avienen a negociar acuerdo en dos ocasiones con Buenavista, en marzo de 1600, ofreciendo la venta de la misma sin especificar precio, y en julio de 1605 pidiendo 50 ducados por el “derecho y acción” de la misma, e informando que la capilla se encuentra en “en la capilla maior de la dicha yglesia a la vanda del evangelio”, lo que, obviamente, no nos deja indiferentes. La capilla, y ésta es nuestra hipótesis a falta de otra documentación, probablemente debiera ser vendida por las importantes obras de ampliación de la parte baja del claustro y la iglesia que se realizan a finales del siglo XVI y principios del siglo XVII en este monasterio, que obligaron al traslado por su ubicación en lo más principal de la iglesia, la capilla mayor.

Por desgracia, en la actualidad solo se conservan de la iglesia dos capillas del lado de la epístola y el muro del mismo lado de la iglesia monacal, y son largas las vicisitudes de este antiguo monasterio tras la desamortización eclesiástica y su privatización por lo que no sabemos si aún se conservan los restos de ambos allí.


miércoles, 21 de febrero de 2024

El vino de naranja de Isidoro Urzaiz.

 

Se atribuye la elaboración del primer vino de naranja de Huelva, y por tanto el más antiguo de nuestro país, a la bodega Diezmo Nuevo de Moguer, mientras el nombre comercial parece que se debe a Bodegas Oliveros de Bollullos Par del Condado. En torno a 1860 la primera de las marcas lanzó un vino de naranja de gran éxito y notoriedad, siguiendo formulas tradicionales, que finalmente fueron reformuladas por su actual propietario en torno a 1880.

Unos años antes, la representación de vinos de la provincia de Huelva en la exposición General de la Agricultura de  1857 (Madrid) solo incluyó cinco muestras y tres cosecheros: Manuel Rodríguez Thorices, de Moguer, que obtuvo una mención honorífica con un vino Pajarete, Viuda de Hermenegildo Sáez, también de Moguer y propietario de la bodega antes mencionada, medalla de bronce con un vino blanco amontillado, y Isidoro Urzaiz de la hacienda de la Luz de Lucena del Puerto con dos muestras, un vino moscatel blanco medalla de plata, y un vino de naranja, que debe ser el primero de los que tenemos constancia documental en esta provincial y, sin lugar a dudas, uno de los primeros producidos en esta tierra.

Medalla exposición de 1857. 

En 1862 los vinos de Urzaiz, todos ellos producidos en la Hacienda de la Luz, fueron reunidos por la Junta de Agricultura, industria y comercio de la provincia de Huelva con destino a la Exposición de mayo en Londres presentando las siguientes muestras:

 2 botellas de vino de naranja cosecha de 1856.

2 botellas de moscatel natural, cosecha de 1852.

2 botellas de pero-jiménes (sic), cosecha de 1850.               

2 botellas de dulce, cosecha de 1854.

2 botellas de tinto, cosecha de 1861.

2 botellas de vino del país blanco natural, cosecha de 1852.

2 botellas de combinado.

2 botellas de combinado.