lunes, 26 de agosto de 2024

La heredad de Moriana

El libro de títulos del monasterio de la Luz recoge el intercambio en 1551 con Alonso Pérez Cumbrera, vecino de Rociana, de la heredad de Moriana, lindante con el arroyo del mismo nombre, previa autorización del capítulo General de la Orden. La otorgante entrega una huerta, frutales y un molino de pan a cambio de 18 fanegas de tierra de pan en Villarrasa en “Val de el Fraile” y 100 ducados (67500 maravedíes, según el libro, que está equivocado puesto que son 37.400 maravedíes). El antiguo dueño entrega, además de diversas escrituras de la tierra, la carta original de donación de la misma a Juan Sánchez Coronel, vecino del mismo pueblo, otorgada por la villa de Niebla en 1473 de la algaida que Casco de Juan Gil para hacer una Huerta, confirmada en mismo año por el Duque Don Enrique en noviembre del mismo año.

Imagen del libro de títulos

La escritura es interesante por dos cuestiones que no son para nada baladíes.  En primer lugar, porque puede constituir uno de los primeros ejemplos documentados del privilegio de Alfonso XI, la facultad según la cual, la villa de Niebla podía otorgar huertas, árboles frutales, casas, molinos, bodegas y “quantos artefactos a ymbentado la industria humana” a cualquiera de sus vecinos, que dada la escasez de documentación medieval en el Archivo Municipal de Niebla representa un testimonio de primer orden. Y, en segundo lugar, el documento representa uno de los primeros ejemplos de la “burla” por parte de los Jerónimos de la Concordia de 1533 según la cual el monasterio no puede “comprar de aquí adelante en tiempo alguno otros bienes algunos que la tierra del sennor duque más de las que oy tiene”, prohibición que se trasgrede mediante los trueques o mediante la adquisición de las tierras por hombres de paja y su posterior trueque.

La heredad, cuya extensión desconocemos, se describe como huerta, casa y viña, con linderos en el camino que va de Almonte a Moguer al norte, y montes baldíos por las otras tres partes. El molino desaparece de las relaciones a finales del siglo XVI, probablemente perdido, dado que no consta su venta, mientras en el siglo XVII se alude a ella como “granja” a tres leguas del convento y creemos que en ella se producía queso, por lo que debió albergar ganado. Un protocolo notarial de 1600 otorgó poder a Fray Luis de San jerónimo, procurador del Monasterio, para su venta, que, sin embargo, no se llevó a cabo.

En 1723 la villa de Niebla autorizó la ampliación de la heredad hasta la Fuente de la Tabernilla para plantar viñas o lo que quisiera, con toda seguridad acuciados por los intentos de los vecinos de Rociana de establecerse allí y plantar viñas. El mismo libro de títulos recoge un mandamiento del Corregidor de la Villa de Niebla a Feliz Martín, vecino de Rociana, para que cese el labrado de un huerto sobre la misma fuente, y un despacho de censura del Dean de la catedral de la Iglesia Patriarcal de la Ciudad de Sevilla contra los vecinos de Rociana que usurpan el término de Moriana, escriturado ante el notario Apostólico un año después. Ambos ejemplos complementan los numerosos testimonios ofrecidos por el Archivo Municipal se Niebla sobre la presión que sobre los bienes baldíos de las arenas de la parte de la mar ejercen los vecinos de Bonares, Lucena y Rociana durante los siglos XVIII y XIX con la viña como principal cultivo.

Aunque la heredad fue otorgada en arrendamiento por dos vidas en al menos una ocasión, hasta el siglo XVIII parece que fue administrada directamente por los frailes que la visitaban regularmente. A partir de 1743 fue otorgada a tributo redimible a los vecinos de Bonares Manuel Martín y Marina Martín, su mujer, por 200 ducados de capital.

 

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